¿En qué consiste el permiso de residencia por integración sostenible?
El permiso de residencia previsto en el artículo 25b de la Ley de residencia (AufenthG) está destinado a aquellas personas que llevan varios años residiendo en Alemania, pero que aún no disponen de un permiso de residencia permanente. El objetivo de este permiso es ofrecer una perspectiva a largo plazo a las personas que se han integrado satisfactoriamente.
El permiso de residencia está destinado principalmente a personas con una autorización de permanencia temporal (art. 60a de la Ley de residencia) o con un permiso de residencia conforme al art. 104c de la Ley de residencia (derecho de residencia por oportunidades).
Los requisitos fundamentales para obtener el permiso de residencia son:
- Duración de la estancia: al menos 6 años (4 años en el caso de familias con hijos menores de edad) de forma ininterrumpida, ya sea en situación de tolerancia, con autorización o con un permiso de residencia
- Medios de subsistencia: cubiertos en su mayor parte de forma independiente
- Conocimientos lingüísticos: nivel A2 de alemán oral
- Asistencia escolar: los niños en edad de escolarización obligatoria deben asistir efectivamente a la escuela
- Conocimientos básicos sobre el ordenamiento jurídico y social
- ningún delito grave
- identidad confirmada
La permanencia ininterrumpida es un requisito fundamental
Uno de los requisitos fundamentales para obtener el permiso de residencia con arreglo al artículo 25b de la Ley de residencia (AufenthG) es haber residido en Alemania durante un largo período de tiempo. Por regla general, los solicitantes deben haber residido en el territorio federal durante al menos seis años, y de forma ininterrumpida. Así lo establece el artículo 25b, apartado 1, frase 2, de la Ley de residencia (AufenthG).
Precisamente este punto fue decisivo en el caso que nos ocupa. El demandante era un hombre de Pakistán que vivía en Alemania desde 2015, primero con una autorización de residencia temporal y posteriormente con un permiso de residencia por motivos de oportunidad (art. 104c de la Ley de residencia).
Mientras disfrutaba del permiso de residencia por motivos de oportunidad (art. 104c de la Ley de residencia), el demandante viajó dos veces a Pakistán y permaneció en el extranjero un total de 93 días. En su segundo viaje, tuvo que posponer el vuelo de regreso debido a una hospitalización.
Cuando posteriormente solicitó un permiso de residencia por integración duradera (art. 25b de la Ley de residencia), la autoridad competente denegó su solicitud. El motivo: debido a sus estancias en el extranjero, ya no se cumplía el requisito de residencia ininterrumpida en Alemania.
El hombre recurrió esta decisión. Sin embargo, el Tribunal Administrativo de Kassel dio la razón a la Oficina de Extranjería.
En la sentencia, los jueces dejaron claro que el término «ininterrumpido» debe interpretarse de manera estricta. Cualquier salida de Alemania —aunque sea solo temporal— puede interrumpir este período. Esto puede dar lugar a que ya no se cumpla el requisito de permanencia.
¿Qué excepciones hay?
Sin embargo, el tribunal también aclara que puede haber excepciones. Las estancias de corta duración en el extranjero pueden ser inocuas en determinadas circunstancias, siempre que no superen en total los tres meses.
Sin embargo, en este caso concreto, el tribunal no consideró que se diera tal excepción. El interesado permaneció en el extranjero durante más de tres meses en total (más concretamente: tres meses y tres días). Además, no existían circunstancias especiales de integración que pudieran compensar este déficit.
¿Influye el motivo de la estancia en el extranjero?
Es especialmente importante: el tribunal dictaminó que los motivos de la prolongada estancia en el extranjero no son determinantes.
En este caso concreto, el interesado había declarado que había visitado a su familia. Además, no había podido regresar antes debido a una enfermedad.
No obstante, el tribunal dictaminó que, aunque existieran motivos de salud, esto no alteraba el hecho de que la estancia se hubiera interrumpido.
Por lo tanto, en lo que respecta a la «residencia ininterrumpida», no importa el motivo por el que una persona haya estado en el extranjero, sino únicamente que haya estado fuera del país durante más de tres meses. Incluso motivos ajenos a su voluntad (como una enfermedad) pueden dar lugar a la pérdida de este requisito.
¿Qué significa la sentencia para los afectados?
La sentencia deja claro que quien desee solicitar un permiso de residencia con arreglo al artículo 25b de la Ley de residencia debe tener especial cuidado con los viajes al extranjero.
Los puntos importantes son:
- La estancia en Alemania debería ser, en la medida de lo posible, ininterrumpida
- Las estancias en el extranjero deben ser breves y no superar los tres meses
- En el mejor de los casos, los viajes al extranjero deberían coordinarse previamente con la Oficina de Extranjería
Ya que incluso las ausencias breves pueden dar lugar a la pérdida del derecho a este permiso de residencia.
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Conclusión
El permiso de residencia previsto en el artículo 25b de la Ley de residencia ofrece a muchas personas bien integradas la oportunidad de establecer una vida duradera en Alemania. Al mismo tiempo, la sentencia pone de manifiesto que los requisitos se examinan con rigor, sobre todo en lo que respecta a la residencia ininterrumpida.
Quien no resida de forma continuada en Alemania o permanezca demasiado tiempo en el extranjero corre el riesgo de perder su derecho, independientemente de los motivos por los que haya viajado.